CONSORCIO EMILIO MITRE 352 EZEIZA
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            Viviendas Trabajadores Automos - Sociedad Civil (en liquidacion)      ESCRITURAS PUBLICAS Nº 34 y Nº 35 del Registro Notarial Nº 2 de Ezeiza, Nº 81 y Nº 71 del. Registro Notarial Nº 91 de La Ciudad de la Plata, Nº 235 y Nº 315 del Registro Notarial Nº 13 de Esteban Echeverría.                        J.M. Ezeiza, 13 de  abril de 2019
A los señores socios, tenedores precarios de vivienda:
Debido a malas interpretaciones  del  Estatuto Social, cumplimos en llevar a su conocimiento:
1) Que las deudas NO PRESCRIBEN, no es por falta de información sino por negligencia al no abonar sus obligaciones en tiempo y en forma, tal cual lo ACEPTADO por el titular cuando adquirió el plan, el no abonar seria obrar de mala fe y perjudicar al resto de la sociedad que si, cumplió con los pagos.
2) Que tampoco se aceptaran pagos imponiendo el criterio personal, y si respetando lo resuelto en las ASAMBLEAS soberanas realizadas que dieron MANDATO  a la COMISION LIQUIDADORA , llegando a las escrituras traslativas de dominio, como es de dominio público.
3) Que la falta de pago de sus obligaciones puede llegar a la EXCLUSION DE LA SOCIEDAD, ARTICULO DECIMO OCTAVO, DECIMO NOVENO Y VIGESIMO la obligación de entregar en forma inmediata la unidad asignada en forma PRECARIA, o ser desalojo perdiendo todos sus derechos y su condición de SOCIO.
4) A todos los socios se les entrego en su oportunidad: copia del Estatuto Social, copia del reglamento de convivencia, el no cumplimiento del ESTATUTO SOCIAL, obrara pura y exclusivamente en FORMA PERSONAL.
5) QUEDAN TODOS FORMALMENTE INFORMADOS, Y RECUERDE QUE SE VENCEN LOS PLAZOS PARA ESCRITURAR, LA SOCIEDAD TIENE QUE DAR FINIQUITO A LA LIQUIDACION.
Saludo a Uds. muy atte.     VIVIENDAS TRABAJADORES AUTONOMOS - Sociedad Civil (en liquidación)
 
Si alquila su unidad funcional hágale saber a los inquilinos las reglas de convivencia .